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Financiación a Comunidades

Nuestra empresa y en colaboración con cajas y bancos disponemos de la posibilidad de financiar las obras realizas, sin la necesidad de múltiples firmas, ni avales, le informamos de sus principales características:

Características de la Financiación a Comunidades

  • El titular del préstamo será únicamente la comunidad de vecinos, sin ningún tipo de aval ni garantía adicional.
  • El importe máximo del préstamo será del 100% del presupuesto, incluyendo:
    • Impuestos
    • todos los gastos derivados de la presupuestación, obra o financiación.
  • El plazo máximo de la financiación será de 12 años, incluyendo la carencia si la hubiera
  • Obligatoriedad por parte de la Comunidad de Propietarios a mantener cuenta abierta en la caja o banco negociado, donde domiciliaran o ingresarán las cuotas ordinarias y extraordinarias de los vecinos.
  • Posibilidad de incluir carencia hasta la finalización de las obras, con un periodo máximo de 2 años. Durante este periodo se pagarán mensualmente los intereses devengados por el importe dispuesto.
  • Obligación de intervenir los préstamos ante notario
  • Las disposiciones del préstamo podrán ser:

    • Por el 100% de la financiación en el momento de la firma del préstamo.
    • Disposiciones fraccionadas, que deberán coincidir con los plazos de pago de las facturas, tal y como se negocie en el contrato. Durante el periodo en el que se van a realizar las disposiciones, el préstamo estará en carencia. Es decir, en cada mensualidad sólo se cobrará los intereses devengados por la parte dispuesta.
    • Tipo Variable o Fijo
    • Sin gastos de cancelación o anticipación


 

Documentación necesaria

  • Fotocopia del CIF de la Comunidad de Vecinos.
  • Autorización para la consulta de CIRBE de la Comunidad.
  • Fotocopia de los Presupuestos o contrato aceptado a financiar.
  • Información sobre las cuentas actuales y de los últimos dos años de la comunidad de propietarios:
  • Información contable ó
  • Fotocopia de los movimientos de cuentas.
  • Libro de Actas, con al menos tres acuerdos:
  • Nombramientos en vigor
  • Acuerdos para la realización de la obra
  • Acuerdos para la financiación de la obra
  • Certificación de acuerdo a la financiación firmada.

CONTACTE PARA MÁS INFORMACIÓN

 


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Financiación Especial a Comunidades

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